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Requisitos Basicos del Seguro |
Estar asegurado es muy importante. Cada año, en las carreteras del estado de Florida
ocurren mas de 250,000 accidentes, resultando en 230,000 heridos y 3,000 muertos.
Inclusive los choferes mas precavidos y seguros son vulnerables a los accidentes
automobilisticos. Su mejor defensa es, sin dudas, tener un seguro de auto.
Si su vehiculo esta registrado en Florida, Ud. debe tener un minimo de:
- $10,000 Proteccion por daños personales (PIP) y
- $10,000 de responsabilidad por daños a la propiedad (PDL).
El Departamento de Seguridad de las Autopistas y Vehiculos de Motor (DHSMV) no requiere
que Ud. cargue una cobertura por responsabilidad por daños corporales (BIL) para
poder obtener la registracion de un vehiculo. No obstante, si Ud. se ve involucrado
en un accidente en el cual la otra parte saliese lesionada, Ud. sera penalizado
por no tener dicha cobertura.
Nota: El DHSMV le suspendera su licencia de conducir, la placa del vehiculo y la
registracion si su compañia de seguros cancelara su cobertura PIP y PDL y
Ud. fallase en obtener una nueva cobertura. Usted debe entonces suministrar una
prueba de que posee una póliza y pagar una cuota para la restauracion de su licencia,
placa y registracion. |
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Responsabilidad por Daño a la Propiedad (PDL) |
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PDL paga por los daños (hasta el limite de la póliza) que Ud. o cualquier persona
cubierta por la póliza, le cause a la propiedad de otra persona mediante el uso
de un vehiculo cubierto. Solo cubre los daños por los que Ud. o cualquiera bajo
la proteccion de la póliza, sean legalmente responsables. Dicho daño puede incluir
un automobil parqueado, encendido o rodante. El termino "propiedad" no esta limitado
a otro vehiculo, puede incluir ademas una cerca, un poste de telefono, o edificacion.
Los terminos y condiciones de su póliza determinan si la cobertura PDL aplica a
cualquiera que use su vehiculo. |
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Responsabilidad por Daños Personales (PIP) |
PIP es tambien llamado el seguro que no falla. Si Ud. ha sido lesionado por un automobil,
PIP lo cubre a Ud. hasta los limites de la póliza, tengan o no culpabilidad.
La cobertura de PIP incluye:
- 80 porciento de los gastos "medicamente necesarios",
- 60 porciento de pagos de salario perdidos,
- 100 porciento de servicios de reemplazo como son el cuidado de los niños, del hogar
o el trabajo de patio, y
- $5,000 para beneficios por muerte.
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Coberturas Opcionales |
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La ley de Florida solo requiere que Ud. compre una cobertura PIP y PDL. No obstante,
muchos conductores compran cobertura adicional, como responsabilidad por daños fisicos,
colision, a todo riesgo, motorista no asegurado, pagos medicos, remolque y reembolso
por renta. |
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Responsabilidad por Daños Fisicos (BIL) |
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Este tipo de cobertura paga por la muerte o lesiones graves causadas a otras personas
cuando Ud. es legalmente responsable por un accidente en el que se vea envuelto
su automobil. Su compañia de seguros pagara por dichas lesiones hasta el limite
de su póliza y le daran representacioon legal si Ud. es demandado. Esta cobertura
podria ser extendida para proteger a otras personas que tambien conduzcan su vehiculo
con su permiso. |
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Colision |
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Esta cobertura paga por reparaciones o reemplazo de su vehiculo si hace colision
con otro vehiculo u objeto, o si se volteara, sin importar quien causare el accidente.
Lo que no cubre esta cobertura son las lesiones a personas o daños a propiedades
que no sean su vehiculo. Ud. tendra la opcion de un deducible con esta cobertura.
Las cantidades deducibles tipicas van desde $250 a $1,000. |
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A Todo Riesgo |
Esta cobertura paga por perdidas a consecuencia de incidentes sin incluir colision,
como son incendio, robo, tormenta de vientos fuertes, vandalismo o inundacion. Tambien
cubre daños causados por objetos que caigan sobre el vehiculo o por golpear a un
animal.
Ud. puede escoger un deducible para esta cobertura, usualmente un valor que oscila
entre $250 y $1,000. A pesar de ello, su compañia de seguros no tomara en cuenta
su deducible para la sustitucion de su cristal parabrisas. La ley de Florida requiere
esta renuncia con el objetivo de alentar a los conductores a que reemplacen los
parabrisas rotos o agrietados de forma inmediata, para evitar un peligro mas grave. |
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Motorista Sub-Asegurado / No Asegurado (UM) |
Este tipo de cobertura paga por lesiones fisicas que sufra Ud. o los miembros de
su familia, lo mismo que toda persona que ocupe el automobil cubierto por la póliza;
esto es en caso de que dichas lesiones fueran causadas por la negligencia de un motorista no
asegurado o sub-asegurado. Los siguientes ejemplos le muestran las
condiciones en que una cobertura
UM pudiera aplicarse:
- si la parte responsable no tiene seguro de responsabilidad
- si la parte responsable tiene seguro de responsabilidad inadecuado para pagar por
los daños, o...
- si los daños son resultado de un accidente donde el conductor se dió a la fuga.
UM paga por los gastos medicos y salarios perdidos (una vez que la cobertura de
PIP se agote) que Ud. y sus pasajeros puedan necesitar. Esta cobertura además incluye
pagos por dolor y sufrimiento, si Ud. muere o sufriera una lesion permanente, hasta
donde el limite de la póliza lo permita. El seguro contra Motoristas No Asegurados
(UM) viene con dos opciones: combinado y no combinado. |
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Combinado vs. No Combinado |
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La cobertura de seguro Combinado significa que Ud. puede combinar los limites de
cobertura para cada automobil asegurado bajo su póliza de seguro. Por ejemplo, Ud.
puede asegurar tres autos y obtener una cobertura combinada con un limite de $10,000
por persona y $20,000 por accidente, para cada auto (conocido como limites de 10/20).
Su cobertura combinada hará un total de $30,000 por persona y $60,000 por accidente.
Si la cobertura no fuese combinada, entonces el limite de cobertura para cada vehiculo
seria de $10,000 por persona y $20,000 por accidente. En ciertas ocasiones
se puede conseguir una cobertura no combinada a menor precio, ya que la compañia
solo tendrán que pagar la cantidad máxima permitida para un vehiculo asegurado. |
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Pagos Medicos |
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Este tipo de cobertura es la que paga por los gastos medicos producto de lesiones
corporales hasta el limite de su póliza. No solamente cubre los gastos medicos suyos,
sino tambien los de sus familiares o pasajeros, sea o no Ud. el culpable del accidente.
Funciona lo mismo si Ud. se encuentra en su auto o en el de otra persona, o si Ud.
es golpeado por un auto mientras camina o monta bicicleta. Ya que el PIP solo cubre
el 80 porciento de los gastos medicos, la cobertura para gastos medicos pudiera
cubrir el
20 porciento restante, y posiblemente el deducible del PIP, dependiendo
de los terminos de la póliza. Esta cobertura tambien cubriria tambien la cantidad
excedente del limite del PIP, hasta el limite del beneficio ofrecido por los pagos
medicos. |
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Remolque (Vehiculo deshabilitado) |
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Usted puede adicionar el remolque y servicios de carretera a su seguro de auto.
Esta cobertura es para el remolque de un vehiculo que se encuentre imposibilitado
de rodar. Si su vehiculo se viese envuelto en un accidente, esta cobertura no se
hace necesaria. En su lugar, la compañia de seguros adicionara el costo del remolcamiento
del vehiculo al costo total de la reclamacion. |
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Reembolso de Renta |
Si usted se viera envuelto en un accidente, necesitaria rentar otro vehiculo mientras
el suyo este siento reparado, y entonces el reembolso de renta lo cubre a usted
por estos gastos, en caso de que el accidente este cubierto por su póliza.
Si otro conductor es quien ocasiona el accidente, la cobertura de responsabilidad
de la parte culpable mudiera reembolsarle a usted por la renta del vehiculo. No
obstante, la compañia de seguros de la otra parte tendra un limite maximo diario.
Note que este tipo de cobertura no le garantiza que una compañia de renta de autos
le va a rentar un vehiculo a usted. La compañia de renta de autos tiene el derecho
de pedirle a usted una tarjeta de credito con suficientes fondos antes de rentarle
a usted un vehiculo. Tambien pudieran tener un limite minimo de edad admisible.
Discuta cualquier problema que pudiera encontrar en este proceso con su liquidador
de seguros.. |
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